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Suri Hacienda

Suri, el Sistema Unificado de Rentas Internas

Suri Hacienda's Bio:

Un empleador está obligado a retener el impuesto sobre la renta en la fuente sobre los sueldos y salarios pagados a sus empleados que prestan servicios en Puerto Rico. A este respecto, el empleador debe registrar su número de identificación patronal en el Departamento de Hacienda de Puerto Rico presentando el formulario SC 4809, Información de los números de identificación. Se prevé una exención de la retención del impuesto sobre la renta para los empleados de 16 a 26 años de edad sobre los primeros 40.000 dólares de salarios sujetos a impuestos. Las tasas de retención dependen de la exención personal y de los créditos para dependientes reclamados en el certificado de exención de la retención (Formulario 499R4l) que debe ser completado por cada empleado. El Departamento de Hacienda publica tablas para la determinación del impuesto a retener junto con un manual de instrucciones. El impuesto se determina por uno de dos métodos: el método del porcentaje o el método del tramo salarial. No hay limitación salarial para la retención. Todo empleador que tenga uno o más empleados debe retener el impuesto. Es muy importante sacar el certificado de resgistro de comerciante, lo cuál tendrás aquí: certificado de registro de comerciante en suri

Suri Hacienda's Interests & Activities:

El impuesto sobre la renta retenido debe ser depositado de la siguiente manera: Empleadores cuyas retenciones trimestrales no hayan superado los 500 dólares. Estos empleadores no están obligados a hacer el depósito mensual, sino que pagarán dicho impuesto sobre la renta al presentar la declaración trimestral. Los nuevos empleadores y los empleadores que hayan retenido y declarado 50.000 dólares o menos durante el período de revisión que comienza el 1 de julio y termina el 30 de junio del año anterior. Estos empleadores serán considerados depositantes mensuales y continuarán depositando su impuesto sobre la renta a más tardar el día 15 del mes siguiente al mes en que se hizo la retención. Empleadores que han retenido y reportado más de 50.000 dólares durante el período de revisión que comienza el 1 de julio y termina el 30 de junio del año anterior. Estos empleadores serán considerados depositantes semanales y depositarán el impuesto sobre la renta retenido los miércoles o viernes, dependiendo del día en que se pague la nómina. Es decir, si el empleador paga la nómina el miércoles, jueves o viernes, el depósito debe hacerse el miércoles siguiente. Sin embargo, si la nómina se paga el sábado, domingo, lunes o martes, el depósito debe hacerse el viernes siguiente. Los empleadores que hayan retenido 100.000 dólares o más en cualquier día de un período de depósito. Estos empleadores harán el depósito a más tardar a la hora de cierre del siguiente día bancario.

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